ÚLTIMA REFORMA DE LA LEY CONCURSAL

El 01 de Enero de 2023 ha entrado en funcionamiento el procedimiento especial para MICROEMPRESAS Y AUTÓNOMOS contemplado en la Ley Concursal, que pretende automatizar y reducir los tiempos de desarrollo de los concursos.

                       *Solo pueden acogerse al procedimiento las empresas                                                                 anterior al año de presentación concurso.

                * de 10 o menos trabajadores

                * que su pasivo no supere los 350.000 €

                * o tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 €

AGILIZACIÓN Y ABARATAMIENTO DEL PROCEDIMIENTO

En Evadan legal somos abogados especialistas en derecho concursal desde hace + de 25 años

 

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¿Qué pasos seguimos?

      REVISIÓN Y  ESTUDIO DE             POSIBILIDADES        INTERPOSICIÓN CONCURSO            RESOLUCIÓN JUDICIAL

FAQs

¿El procedimiento especial me permitirá continuar con mi empresa o, por el contrario, se encuentra abocada a la liquidación?

El procedimiento especial para microempresas podrá tramitarse indiferentemente como procedimiento de continuación (viabilidad y continuación a la empresa) o a un procedimiento de liquidación (con o sin transmisión de la empresa en funcionamiento).

¿Cómo se articula este procedimiento concursal para micropymes?

¿Cómo quedan las ejecuciones judiciales o administrativas que estén en marcha?

Con la solicitud de apertura del procedimiento especial de concurso se podrá solicitar la suspensión de las ejecuciones judiciales o extrajudiciales sobre los bienes y derechos necesarios para la actividad empresarial o profesional que deriven del incumplimiento de un crédito con garantía real o de un crédito público, con independencia de si la ejecución se había ya iniciado o no en el momento de la solicitud y de la condición del crédito o del acreedor.

¿Qué opciones ofrece el procedimiento especial?

Los acreedores y la empresa tienen la oportunidad de negociar (previa comunicación al juzgado mercantil) a fin de conseguir un acuerdo.

¿Qué procedimiento debo seguir si soy trabajador autónomo sin tener una sociedad mercantil?

¿Necesito contar con un administrador concursal o mediador?

(Los acreedores serán los encargados de pagarle sus honorarios).

¿La intervención de abogado y procurador es necesaria en este procedimiento especial?

La intervención de abogado y procurador es necesaria y obligatoria, además de altamente recomendable, ya que le dará seguridad jurídica y le guiará en todas las fases del procedimiento concursal a las que Ud. no está acostumbrado. – sabrá escoger, en cada momento, el formulario oportuno.

¿Este procedimiento supone, en definitiva, un menor coste de honorarios?

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